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El caso de la “lista Tascón” será conocido por la Jurisdicción Interamericana de Protección de Derechos Humanos.



El pasado día 08 de marzo de 2016, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, sometió al conocimiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos el caso de los ciudadanos Rocío San Miguel Sosa, Magally Chang Girón y Thais Coromoto Peña, ante el incumplimiento por parte del Estado venezolano de las recomendaciones contenidas en su Informe de Fondo.

Como se recordará, la práctica de la “lista Tascon” era la de segregación, una suerte de “apartheit a la venezolana” en la que los ciudadanos que firmaron la solicitud de referendo revocatorio del presidente Chávez eran excluidos de diversas relaciones con el estado, contrataciones, acceso a empresas del estado, restricción al acceso a servicios públicos  e incluso la indebida expulsión de la administración pública, específicamente del Consejo Nacional de Fronteras por razones políticas como trata el caso de los denunciantes.

De conformidad con las normas que rigen el procedimiento en el sistema interamericano, el informe de fondo tiene carácter confidencial, únicamente comunicado a los peticionantes y al estado, no obstante ello, aquí el enlace para la nota de prensa sobre la remisión a la Corte y a la página desde puede ser descargado el informe de admisibilidad del caso


http://www.oas.org/es/cidh/expresion/jurisprudencia/decisiones_cidh_admisibilidad.asp

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