Entradas

Mostrando las entradas de mayo, 2016

Glosario para el diálogo

Imagen
En la entrada anterior sobre el lenguaje del diálogo ( http://www.chinohung.com.ve/2016/05/el-lenguaje-del-dialogo.html ) se señaló a modo de conclusión que era necesario que se llevara a cabo hablando la lengua de la Constitución y el idioma de la Democracia, para lo que es de interés poner a disposición de los interlocutores un Glosario para mantener en mente el significado y alcance de las palabras, ideas, principios y valores de esa lengua, de ese idioma. Esta entrega se dedicará a una sola palabra dada su importancia y que al parecer muchos interlocutores parecen tener una concepción muy reducida y limitada, que raya en lo tribal: "democracia" . Democracia es: Estado de Derecho. Interpretación restrictiva de normas atributivas de poder. No discriminación. Interpretación extensiva de los derechos humanos. Interés general. Bien Común. Alternabilidad del poder. Pluralidad. Protección del medio ambiente. Revocatoria de los mandatos de elecció

El lenguaje del diálogo

Imagen
Los diálogos son muy importantes, necesarios, ejemplarizantes, enriquecedores, más si son de altura y desarrollan temas de interés entre los interlocutores y la ciudadanía en general. Interlocutores que por supuesto deben ser calificados, conocedores de la situación en que se encuentran y estar en verdadera disposición para lograr los fines que se proponen desarrollar. Al hablar de diálogos, nos resulta imposible pasar por alto las evocaciones a los diálogos socráticos, los ciceronianos, los de Erasmo, o cualesquiera otros hasta nuestro tiempo, pero no será sobre estos a los que nos referiremos en nuestras reflexiones, sino a algo muy al diálogo mismo, pero sin lo cual, más que estéril pudieran resultar inconvenientes y hasta perjudiciales. Con anterioridad a cualquier diálogo, deben los interlocutores entender que para hacerlo de manera directa, se han de comunicar en un idioma común, en una misma lengua que conozcan y manejen, si ello no es así, seguramente resultarán in

Las leyes para proteger al pueblo no son una cosa nueva

Imagen
Recientemente se ha presentado en el foro nuevos intercambios de ideas sobre las facultades de los distintos funcionarios públicos para dictar actos de efectos normativos. Como en entregas anteriores se ha referido, la competencia natural para tal función legislativa le corresponde es al poder legislativo, el cual es teleológicamente anterior a la existencia del propio estado moderno, y cualquier otro poder, sus órganos y funcionarios que por desarrollo de las normas constitucionales y de las de rango legal emanadas del legislativo puedan dictar actos de efectos generales, y si estos son de igual rango legal, es de total interpretación restrictiva, es decir, siempre se tendrá como una restricción en hacerlo, es por ello que en algún estado en el que esté previstas las leyes habilitantes, estados de excepción, leyes de emergencia, y cualquiera de ese tipo, deberán ser entendidas de manera restrictiva, incurriendo los funcionarios que dicten tales actos en usurpación de funcio

¿Qué es un Golpe de Estado? ¿Quiénes son sus víctimas?

Imagen
En nuestra región, desde hace poco más de 25 años hemos venido escuchando constante y repetidamente la expresión de “golpe de estado”, que el golpe de estado del 58, que el golpe de estado aquí, que el golpe de estado allá, que a tal le dieron un golpe de estado, que a cual le estarían dando un golpe de estado si se hace esto, que en tal país se está llevando a cabo un golpe de estado. Que hay que tener cuidado con un golpe de estado, de derecha de izquierda, duro o blando, en fin, hablamos y nos referimos de golpes de estado con una facilidad y soltura como si se estuviese ante una figura, situación o concepto cuyo entendimiento y alcance es natural, cuando en realidad , la generalidad de las veces la mayoría de las ocasiones no solo se desconoce su verdadero significado y alcance sino que por el contrario, y lo que es peor aún, se utiliza dicha expresión para calificar algo totalmente contrario, y por supuesto que no habrá quienes ante ese general desconocimiento y afán de man

El delito de hablar mal del país.

Imagen
En los últimos tiempos, (desde meses pero que puede extenderse a los últimos años), se ha propagado la idea o noción de que en modo alguno puede un ciudadano hablar mal de su propio país, llegándose incluso a casos extremos que hay quienes se atreven a afirmar que hacerlo constituye un delito y debería ser procesado criminalmente quien por cualquier medio haya osado proferir su descontento por la situación general de su país. Sobre lo anterior, puede cerrarse la discusión con una muy simple respuesta y es que cada quien puede expresar no solo de su país, sino de cualquier país lo que quiera y desee, y es también clara la conclusión de que ello no constituye delito alguno, y si previera ello en alguna legislación, se estaría presente ante un gobierno dictatorial que desconoce el derecho humano a la libertad de expresión, el cual es, según las circunstancias de determinados casos incluso superior al derecho a la vida, libertad de expresión que no se agota con la libertad de pr